Poder Judicial

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26/07/2020

Retoman atención presencial con turnos y los plazos procesales en General Roca

Retoman atención presencial con turnos y los plazos procesales en General Roca
Retoman atención presencial con turnos y los plazos procesales en General Roca
Se habilita exclusivamente con turnos digitales a obtener en la web del Poder Judicial.

Las localidades del Departamento General Roca retomarán los plazos procesales a partir del 10 de agosto, de acuerdo a lo dispuesto por Presidencia del Superior Tribunal y la Procuración General. Previamente, desde el próximo lunes, se habilitará la atención al público en el horario de 7.30 a 13.30, exclusivamente bajo el sistema de turnos digitales previos.

De esta manera todas las ciudades cabeceras de circunscripción -Viedma, Bariloche, Roca y Cipolletti- quedarán igualadas en cuanto al funcionamiento. Esta decisión se tomó luego que las autoridades sanitarias dispusieran que el Departamento General Roca ingresara a la fase de Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio (DISPO), superando la de Aislamiento (ASPO).

Las dos semanas de atención presencial, en un esquema similar al que rigió en Viedma y Bariloche, servirá para abogados y abogadas puedan conocer el estado de los expedientes, antes de retomar los plazos procesales.

Aún cuando se ingresa a esta fase, continúa el estricto cumplimiento de los estándares sanitarios: por eso, “las personas que soliciten turnos para organismos judiciales ubicadas en las ciudades General Roca, Villa Regina, Allen, Choele Choel, Luis Beltrán, Cipolletti, Cinco Saltos, Catriel y se domicilien en otra localidad del mismo u otro Departamento, deben contar con el certificado único habilitante para circulación -Emergencia Covid 19- que lo habilite al efecto”, dice la Resolución.

“En todos los organismos alcanzados por la Acordada Nº 20/20, en los supuestos de grave inconveniente que impida a las partes y/o sus patrocinantes trasladarse entre localidades del mismo u otro departamento, hasta tanto se haya superado la imposibilidad, a pedido de parte debidamente fundado, el o la titular del organismo puede disponer prudencialmente la prórroga de plazos para el cumplimiento de la actividad procesal de que se trate”, expresa la decisión.

En su punto 4 la Resolución aclara que en los Ministerios Públicos “para efectuar denuncias y requerir patrocinio no se exige previo turno. Sólo es obligatorio el turno digital previo para letrados/as de la matrícula que deban concurrir a dichos organismos”.

La nueva fase de la atención judicial se basa en el DNU N° 605/20 del Poder Ejecutivo Nacional y las Resoluciones del Ministerio de Salud de la Provincia Nros. 4059 y 4060, que encuadran en DISPO al Departamento General Roca.

Todas las actividades que se reanudan se rigen de acuerdo a un Protocolo de Salubridad aprobado por Resolución 3205/20 del Ministerio de Salud.

Los turnos deben tramitarse en https://turnos.jusrionegro.gov.ar/turnos/ (Com.Judicial/TodoRoca)