Asesino al volante

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30/12/2019

Oscar De Piano, quien atropelló y mató a Claudia Segura, quedó en libertad

Oscar De Piano, quien atropelló y mató a Claudia Segura, quedó en libertad
Oscar De Piano, quien atropelló y mató a Claudia Segura, quedó en libertad
Podrá terminar de cumplir su pena fuera de la cárcel.

Oscar De Piano, quien fuera condenado a 5 años y medio de prisión por la muerte de Claudia Segura en abril del 2018, recuperó a partir de hoy la libertad. En aquel momento los jueces calificaron el delito como “homicidio culposo agravado” ya que cuando atropelló y mató a la mujer tenía 3,2 gramos de alcohol en sangre.

El hecho ocurrió el 17 de enero de 2017, a las 11 de la mañana, sobre la calle Viterbori, a pocos metros del Paseo del Bicentenario. De Piano iba a bordo de su Volkswagen Vento Azul, patente MBS 538, cuando impactó de forma violenta , desde atrás, a una moto.

En la moto iba Claudia Segura, de 34 años, tres hijos, del barrio Mosconi. Producto del violento choque, ella murió. Su cuerpo quedó tendido a unos 50 metros del auto. De Piano, tenía 3,2 gramos de alcohol en sangre.

Hoy recuperó su libertad. De Piano se encontraba gozando desde octubre de este año de salidas transitorias y al haber cumplido más de dos tercios de la condena y por buena conducta, podía solicitar la libertad. Ese beneficio le fue otorgado en la jornada de hoy luego de cumplidas determinadas diligencias judiciales.

Cabe recordar que aún sigue vigente la pena de 10 años de inhabilitación para conducir.

Desde el área de Comunicación Judicial, se informó que "tras verificar el cumplimiento de todos los requisitos legales y con el expreso acuerdo del Fiscal de Ejecución y el abogado por la parte querellante, el juez de Ejecución de Roca Juan Pablo Chirinos concedió hoy el beneficio de libertad condicional a Oscar De Piano".

En la misma resolución el juez le impuso una estricta serie de pautas de conducta que el hombre deberá respetar bajo apercibimiento de ordenarse nuevamente su detención.

El beneficio debe otorgarse en cumplimiento del Código Penal y la Ley de Ejecución de Penas cuando la persona imputada reúne ciertos requisitos, los cuales fueron acreditados en la audiencia realizada este lunes en Roca. Los principales son: haber cumplido las dos terceras partes de la pena (la pena fue de 5 años y 6 meses de prisión efectiva y el imputado se encuentra detenido desde el día del hecho) y contar con informes favorables del Establecimiento Penal donde se encuentra detenido.

En la audiencia de hoy el abogado por la querella aceptó “que están dados todos los requisitos” para la concesión del beneficio y solicitó al juez que ordene controles sistemáticos de consumo de alcohol y estupefacientes al imputado. Al hacer uso de la palabra el querellante, viudo de la víctima, cuestionó los beneficios que establece la Ley de Ejecución de Penas y reclamó “los beneficios para los hijos de Claudia, que nunca les dieron contención ni tratamiento psicológico”.

A su turno el Fiscal repasó los informes de las distintas áreas tratamentales del Penal 2, donde el imputado cumplió la detención, dio por acreditados los requisitos legales y recalcó la necesidad de que el imputado continúe un tratamiento toxicológico, solicitando la realización de controles sorpresivos en su domicilio.

Tras escuchar los argumentos de las partes el juez dictó la libertad condicional con las siguientes reglas de conducta, que deberá respetar “hasta el agotamiento de la pena impuesta, el 16/07/2022”: a) fijar domicilio (...), del que no podrá ausentarse sin previa autorización del Juzgado de Ejecución; b) abstenerse de consumir estupefacientes y bebidas alcohólicas (...); c) no concurrir a lugares de expendio de bebidas alcohólicas; d) no concurrir a lugares o frecuentar personas que puedan entorpecer su debida reinserción social; e) no cometer delitos; f) no tener ni portar armas; g) no conducir vehículos motorizados (...); h) someterse al cuidado del Patronato; i) adoptar profesión u oficio, la que comunicará al Tribunal; j) Continuar con el tratamiento psicológico con el Dr. (...), todo ello bajo apercibimiento de revocársele el beneficio concedido” en caso de incumplimiento.

En la misma sentencia el juez hizo saber al Instituto de Asistencia a Presos y Liberados (organismo dependiente del Ministerio de Seguridad y Justicia de la Provincia) “que deberá llevar a cabo el seguimiento del desenvolvimiento” del hombre “por medio de visitas quincenales y sorpresivas en el domicilio propuesto, remitiendo los informes correspondientes” al Juzgado, con la obligación de comunicar cualquier irregularidad en un plazo máximo de 24 horas.

Dispuso también el juez que a partir de hoy “comienza a correr la inhabilitación para conducir todo tipo de vehículo automotor por el término de 10 años” que pesa sobre De Piano.

El juez finalmente hizo lugar a los pedidos de controles realizados por la fiscalía y la querella, informando que se realizarán “controles antidoping sorpresivos” al imputado y ordenando que el primer control sea realizado en el día de hoy. (Comunicación Judicial/TodoRoca)