11/04/2019

Aguiar sobreseído por los disturbios en la Legislatura

Aguiar sobreseído por los disturbios en la Legislatura
Aguiar sobreseído por los disturbios en la Legislatura
El dirigente de ATE quedó desvinculado de la causa iniciada en 2017, a partir de una protesta en Viedma cuando se trataba el Plan Castello.

El secretario general de la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) y Central de Trabajadores Argentinos (CTA) en la provincia, Rodolfo Aguiar, fue sobreseído hoy de una de las 55 causas penales que se le cursan.

Esta mañana el juez penal Favio Corvalán dictó el sobreseimiento total y definitivo de Aguiar, en la causa por la que incluso estuvo 10 días detenido,  luego de la protesta que encabezó el 24 de mayo de 2017, mientras la Legislatura provincial aprobaba el Plan Castello.

El juez retomó los argumentos del Fiscal jefe subrogante Guillermo González, quien a principio de año desencriminó a Aguiar por no habérsele identificado la comisión de delito.

En su resolución, Corvalán declaró “extinguida la acción penal pública (…) por aplicación del criterio de oportunidad”. Esta figura es una facultad que tiene el Ministerio Público Fiscal para abstenerse de su ejercicio, y fue requerida por el abogado defensor Diego Sacchetti, amparado en que Aguiar seguía procesado en la causa a pesar de haber sido incorporado a un acuerdo entre partes, mediante el cual otros acusados fueron sobreseidos.

"Ahora queda claro que no debimos haber pasado un minuto en una celda. Este fallo muestra que en Río Negro son varios los jueces y fiscales que siguen obedeciendo órdenes de la política. Yo ahora quiero que el fiscal Puntel y el juez Mussi nos den explicaciones a nosotros y a toda la sociedad rionegrina. Estos funcionarios se animan a meter presos sin pruebas sólo a los trabajadores y los pobres, pero son cobardes para encarcelar a los verdaderos delincuentes y que son los de guante blanco", dijo Aguiar.

“El legítimo ejercicio de un derecho constitucional no puede constituir la comisión de un delito. La regla fundamental en ello es que si la conducta humana es promovida por la ley porque constituye una garantía, en el caso, a manifestar, a peticionar ante las autoridades, a reunirse, no puede ser lo que justifique la intervención del Estado en su vocación represiva”, declararon Aguiar y Sacchetti. (TodoRoca.com)