15/02/2019

En 10 puntos, conocé los alcances del anuncio del presidente Macri para nuestra región

En 10 puntos, conocé los alcances del anuncio del presidente Macri para nuestra región
En 10 puntos, conocé los alcances del anuncio del presidente Macri para nuestra región
Escribe la abogada y especialista en temas tributarios, María Marta Peralta. Beneficia a los empleadores del sector primario agrícola e industrial.

Conocé las medididas y los alcances del presidente Mauricio Macri:

 

* ¿En qué consiste el beneficio?
En establecer un mínimo no imponible, de modo que las contribuciones patronales, se calculen y paguen sólo sobre las sumas que superen tal mínimo no imponible.

* ¿A cuánto asciende el mínimo no imponible?
A la suma de pesos diecisiete mil quinientos nueve con veinte centavos ($17.509,20).

Ello de acuerdo a lo normado en el artículo 1° Decreto 128/2019, Art. 4° Decreto 814/2001 y Resolución N° 3/2018 -26/12/2018- de la Secretaría de Seguridad Social.

¿Se actualiza dicho mínimo no imponible?

Si, encontrándose encargada de tal función la Secretaria de Seguridad Social a través del dictado de la correspondiente resolución general. La actualización se realiza sobre la base de las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC).  En la actualidad rige la Resolución General 03/2018, ello en razón de las remisiones que realiza el Decreto 128/2019 al Decreto 814/2001.

¿Qué actividades económicas de la Provincia de Río Negro alcanza el beneficio?


* Cultivo de manzana y pera (Código 012311) y el cultivo de frutas de carozo (cereza, durazno, críela, atc. – Código 012320)
Preparación de conservas de frutas (Código 103011)
Elaboración y envasado de dulces, mermeladas y jaleas (Código 103012)
Elaboración de jugos (Código 103020)
Elaboración de frutas congeladas (Código 103030)
Elaboración de frutas deshidratadas o desecadas (Código 103099)
Elaboración de vinos –incluye fraccionamiento- (Código 110212)
Elaboración de sidras y otras bebidas alcohólicas (Código 110290)

La descripción completa de las actividades comprendidas se encuentra en el Anexo I del Decreto 128/2019 (B.O. 15/02/2019)

¿Qué deben acreditar los empleadores para acceder al beneficio?
Haber desarrollado como actividad principal declarada al 31 de Diciembre de 2.018 alguna de las que se hubieren mencionado en el punto anterior.

¿A partir de qué momento surte efectos la medida?

Con las contribuciones patronales que se devenguen a partir del 01 de Marzo de 2.019

¿Durante qué plazo tendrá vigencia el mínimo no imponible?
La medida regirá para las contribuciones patronales que se devenguen desde el 01 de Marzo de 2.019 hasta el 31 de Diciembre de 2.021, ambas fechas inclusive.

¿A quién delega el Presidente la facultad de reglamentar la norma?

A la AFIP-DGI a quien se le asigna la función de dictar las normas complementarias, aclaratorias y operativas necesarias para la efectiva aplicación de la medida.  En este contexto se encontrará a cargo del fisco analizar el encuadramiento de aquellos contribuyentes que comenzaron a desarrollar sus actividades económicas a partir del 01/01/2019.
 
¿Que son las contribuciones patronales?
Son las obligaciones a cargo de los empleadores que constituyen uno de los recursos con los cuales se financia el sistema de seguridad social. Recordemos que las prestaciones de seguridad social tienen por finalidad brindar cobertura a las contingencias que por algún motivo reducen los ingresos de las personas. Como ejemplos podemos citar a las licencias pagas por maternidad, la jubilación, la pensión, el seguro de desempleo, las asignaciones familiares, la asistencia médica a través del sistema de obras sociales.   

¿Esta medida obliga a las Provincias a dictar normas que reduzca la presión impositiva?
No, en tanto las Provincias tienen autonomía para regular los tributos Provinciales. Sin perjuicio de ello, el Decreto invita a las Provincias a promover la reducción de los impuestos, tasas y contribuciones de aquellos contribuyentes que desarrollen las actividades económicas a quienes alcanza el beneficio del mínimo no imponible.