06/12/2018

Celulares en la cárcel: Un sistema impuesto por los propios internos

Los internos del Penal 2 de Roca tienen acceso las 24 horas. A pocas cuadras, en la Colonia Penal U.5, el sistema es totalmente distinto. Conocé los detalles en esta nota.

Los internos tienen derecho a estar comunicado con sus familiares, amigos o abogados. No es un privilegio, es un derecho. Eso está claro.

Pero en la provincia de Río Negro y en especial en el Establecimiento de Ejecución Penal 2, se fue imponiendo un perversos sistema donde los propios reclusos terminaron estableciendo la libre utilización del teléfono celular.

Hasta hace más de una década, funcionaba un teléfono público que era la vía de comunicación de las personas privadas de su libertad y con el cual su derecho estaba garantizado. Con la aparición de los celulares y su fácil acceso, el sistema se fue modificando lentamente.

Prácticamente, el teléfono público que había en uno de los pabellones se fue destruyendo no sólo por su utilización sino también por los reiterados actos de vandalismo de los propios reclusos.

Luego, llegaron los reclamos, el amparo y la decisión de la Justicia de hacer lugar a la utilización de los teléfonos celulares. En un principio se controlaba pero después su utilización se volvió "un infierno" para los propios policías y personal del Servicio Penitenciario Provincial que poco pudo hacer para controlarlo.

"Hoy no sólo hay muchos celulares sino también innumerables chip donde el interno puede hacer lo que quiere", dijo una fuente del SPP consultada por este medio.

Incluso, el propio Hugo Cechini, jefe del Servicios Penitenciario Provincial, reconoció que los reclusos llaman a jueces, defensores o fiscales a altas horas de la noche lo que genera reiteradas quejas en todo el Poder Judicial.

El problema para el personal penitenciario es que si se implementa el nuevo protocolo (sólo tendrán teléfono por dos horas) los reclamos de los internos se multiplicarán y hasta temen que se genere algún tipo de incidentes por las restricción.

Te puede interesar: A partir de 2019 los presos ya no tendrá libremente celulares

¿Por qué no hay teléfono público?

Hoy, el argumento que más se escucha, es que la empresa Telefónica se niega a instalar y mantener el servicio porque no le resulta redituable y sus operarios corren riesgos cuando ingresan al Penal.

Así se fue afianzando un sistema que hoy permite a los internos contar con un sistema de comunicación durante las 24 horas. Algunos los utilizan de manera adecuada, de eso no hay duda, pero otros lo usan para cometer delitos tal cual lo dejó expuesto la investigación del personal policial de la División de Toxicomanía que descubrió cómo un recluso que se hacía llamar "El Patrón" manejaba una banda narco desde ese centro penitenciario.

Te puede interesar: Desde la cárcel, "El Patrón" manejaba la venta de cocaína y marihuana

¿Cómo funciona en la Colonia Penal?

A pocas cuadras del Establecimiento de Ejecución Penal 2 se encuentra la Colonia Penal U-5 que pertenece al Servicio Penitenciario Federal. Allí, está prohibido el uso del teléfono celular.

Una fuente de esa unidad aseguró que el Derecho a comunicarse está garantizado por lo que los internos cuentan con dos teléfonos fijos por pabellón. Uno de ingreso y otro de salida de llamadas.

"Acá es simple, suena el teléfono se contesta y se llama al interno. El teléfono es público pero nadie lo rompe porque si eso sucede, el resto de los integrantes del pabellón se queda sin poder comunicarse con sus familiares", dijo una alta fuente consultada por TodoRoca. 

Prácticamente los dos centros penitenciarios tienen una cantidad de reclusos similares y promedian los 300 aunque parece que los mismos derechos se garantizan de distinta forma.

¿Qué dice la Ley?

La Ley 24660 determina los deberes y las obligaciones de una persona privada de su libertad.

¿Cómo pueden comunicarse?: Los reglamentos establecen las formas en que una persona privada de la libertad puede comunicarse con las que están afuera del establecimiento. En ningún caso los reglamentos pueden impedir que el interno se comunique periódicamente con su familia, amigos, conocidos, curadores, abogados o representantes de organismos oficiales o instituciones privadas interesadas por su reinserción social. Siempre se debe respetar la privacidad de las comunicaciones.

Las personas privadas de su libertad pueden usar teléfono celular? No. La persona privada de libertad que usa un teléfono celular comete una falta grave.

La provincia de Río Negro adhirió al Reglamento de Comunicación de Internos del Servicio Penitenciario Federal donde se establecen las restricciones en las comunicaciones de las personas privadas de su libertad.

En su artículo 128 establece: "La frecuencia de las comunicaciones telefónicas y su duración, de acuerdo a la conducta del penado y al comportamiento del procesado, serán fijadas en el Reglamento Interno de cada establecimiento según fuere su régimen, el nivel de seguridad y las posibilidades de sus instalaciones específicas.

"Estas comunicaciones se efectuarán exclusivamente mediante los teléfonos públicos habilitados en el establecimiento entre las OCHO (8) horas y las VEINTE (20) horas. En todos los casos, el importe será satisfecho por el interno", establece la norma en otro de sus párrafos. (TodoRoca)