Ocupación de la UNRN

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20/09/2018

Rechazaron acción de los alumnos que se vieron "intimidados" por la Policía Federal

La ocupación lleva más de una semana en la sede de Isidro Lobo y Belgrano.
La ocupación lleva más de una semana en la sede de Isidro Lobo y Belgrano.
El juez Hugo Greca no hizo lugar al "habeas corpus". La Cámara Federal, por mayoría, avaló la decisión. Los estudiantes aseguraban que el paso del móvil de la policía los hacía suponer una posible "acción represiva".

La Justicia Federal rechazó un “habeas corpus” presentado por la abogada de los alumnos que llevan adelante la toma del vicerrectorado de la Universidad Nacional de Río Negro (UNRN) quienes sintieron “temor frente a un constante hostigamiento…de la policía
federal” sobre las personas que estaban realizando una medida de protesta.

La acción fue interpuesta esta semana por la abogada Victoria Naffa al juez Federal Hugo Greca, ante lo que los estudiantes suponían podría llegar a concretarse en una “eventual intervención represiva”.

Detallaron que por la noche pasaban móviles policiales y desde los propios vehículos sacaban fotos de la ocupación que llevan adelante en el histórico edificio que se encuentra ubicado en la intersección de las calles Isidro Lobo y Belgrano.

El juez Federal Greca terminó rechazando la acción argumentando que la Policía Federal Argentina tenía “orden escrita de esta autoridad judicial competente para recabar información”, teniendo en cuenta las diligencias que se estaban llevando adelante y que generó la propia denuncia de las mismas autoridades de la UNRN.

A partir de ello, entendió que no existía una amenaza ilegítima con el accionar de la policía (en este caso, en grado de colaborador) por lo que rechazó la acción.

Por las características del recurso presentado, automáticamente se elevó a los integrantes de la Cámara Federal, Mariano Lozano, Richar Gallego y Ricardo Barreiro.

Tras el análisis y por mayoría, al menos dos de los magistrados coincidieron con Greca.

“No puede menos que coincidirse con el criterio expuesto si se considera que el caso no se enmarca en el supuesto del inciso 1º del art.3 de la ley 23.098 -lo que así fue analizado al resolver-, en tanto el planteo de los accionantes vinculado al temor por la presencia de la Policía Federal Argentina en el vicerrectorado de la Universidad Nacional de Río Negro en donde se encuentran llevando adelante una medida de reclamo y, en razón de ello, que se les restrinja su libertad de manera ilegítima por carecer esa fuerza de una orden de autoridad competente para actuar, carece de las notas que habilitan la procedencia de este tipo de habeas corpus (preventivo)”, explicaron.

Y lo justificaron asegurando que el propio magistrado había impartido la orden en el marco del expediente FGR 30472/2018.

Sólo el juez Barreiro se opuso al entender que la respuesta del juez no alcanzaba para justificar el rechazo del habeas corpus.

“...Se advierte insuficiente lo expuesto para el rechazo de la acción. Ello así resulta porque la escueta frase según la cual 'las fuerzas policiales tienen una orden escrita de esta autoridad judicial –competente- para recabar información' no alcanza el estándar mínimo que es dable esperar como resultado de una acción constitucional de esta naturaleza máxime cuando, como aquí, se tramita con función preventiva", expresó.

Y concluyó con que “el juez debe decir, para autorizar el rechazo del hábeas corpus, que esas vigilancias nocturnas y la obtención de fotografías han sido por él ordenadas y, por ende, están a salvo de la ilegalidad”. (TodoRoca.com)